Nuevo impuesto para premios de Loterías y Apuestas del Estado

Una de las novedades anunciadas para los Presupuestos Generales del Estado del 2013 es un nuevo impuesto que gravará los premios de Loterías y Apuestas del Estado con un 20%.

La intención de este artículo no es entrar a valorar el fondo de la norma (conseguir mayores ingresos en las arcas del Estado), sino comentar la forma de la misma que, una vez más, no nos parece la más idónea.

¿Cuál es la normativa actual para estos premios?

¿Qué premios serán gravados por la medida?

¿Qué porcentaje «real» grava los premios?

Normativa actual

En la actualidad, la ley del IRPF contempla como rentas exentas de tributación los premios de las Loterías y Apuestas del Estado. En este apartado también están los premios de la ONCE, Cruz Roja Española y cualquier otro juego promovido por administraciones públicas, como pueden ser las Comunidades Autónomas o por la Unión Europea (sorteo de Euromillones).

Esto supone que si somos agraciados con uno de estos premios, no pagamos nada al Estado, no debemos consignarlos en nuestra declaración de la renta. Fuera del ámbito de esos sorteos regulados por Loterías y Apuestas del Estado, sí se consideran ganancias patrimoniales y sí deben incluirse en la declaración de la renta (sorteos de entes privados, concursos televisivos, …).

En este apartado, mención especial es la inclusión como ganancia patrimonial de los ingresos como consecuencia del juego (apuestas, casinos, poker, …) de especial actualidad tras la nueva regulación del mercado del juego online en España. Esperamos escribir un artículo sobre ello algún día.

Nueva regulación

Tras lo anunciado hoy, a partir del 1 de Enero de 2013, los premios superiores a 2.500€ llevarán aparejados un impuesto del 20%. La medida será transitoria, puesto que sólo estará en vigor durante los ejercicios 2013 y 2014, volviendo a la exención actual a partir del 1 de Enero de 2015. Como otras medidas, se establece un plazo temporal de aplicación, intentando hacer ver que la medida es extraordinaria por el momento de crisis que vivimos.

El pago del impuesto será realizado en el momento del cobro del premio, es decir, nos pagarán el premio menos el 20% que el pagador retendrá e ingresará en Hacienda por nosotros. Parece que no se fían de que sea el agraciado quién ingrese el impuesto … obvio.

Respecto a las ganancias patrimoniales del resto de juegos (casinos, juego online, …), parece que la nueva regulación permitirá deducir las pérdidas, algo lógico y normal y que hasta ahora no se producía. Por tanto, las ganancias a declarar serán las netas. Estaremos atentos cómo se regula este extremo.

Pagamos dos veces por el premio

Estamos ante lo que consideramos una «doble tributación«. En España está prohibido que un mismo hecho sea gravado por dos impuestos. Pues esta medida tiene algo de doble tributación. ¿Por qué? Porque el Estado no reparte el 100% de lo recaudado, como es obvio. El Estado se queda una media del 40% de la recaudación de cada juego. En concreto:

– 30% de Lotería Nacional.

– 45% en el resto (Quiniela, Primitiva, …)

Por tanto, podemos pensar que como ganadores del premio ya hemos pagado un impuesto importante. Pero a partir del 2013, se nos vuelve a gravar cuando cobramos el premio. Hemos pagado dos veces al Estado.

¿Se podía haber evitado la medida?

Seguramente hay muchas otras medidas de mayor calado que merecen un análisis. Insistimos que no entramos en valorar la medida como recaudación del Estado, hay que recaudar por cualquier lugar. Lo que nos parece un grave error es hacerlo de esa forma. ¿No sería más fácil subir el porcentaje que el Estado se queda de la recaudación? Se hubiera conseguido el mismo efecto recaudatorio, pero no se hubiera quedado tan mal ante la opinión pública.

Aunque no nos parece una medida de gran repercusión e importancia, la queremos destacar como error en la forma que se están haciendo las cosas. Al igual que criticamos la subida del IVA, las retenciones a profesionales u otras aquí no comentadas, de nuevo se ataca a lo «fácil» y se deja libre lo «difícil» (subida de impuestos para grandes fortunas, subida del impuesto de sociedades de grandes empresas, impuesto sobre las transacciones financiera, …).

Por cierto, ¡ójala me retengan muchas veces ese 20% el año que viene!

EDITO.- Publicado un segundo artículo sobre la regulación en el BOE de este nuevo impuesto:

enlace al segundo artículo.

Acerca de LINEA GESTION

Asesoría de empresas. Especialistas en emprendedores.

Publicado el 28/09/2012 en Actualidad, Asesoría Fiscal y etiquetado en , , , , , , . Guarda el enlace permanente. 47 comentarios.

  1. Si te toca la loteria de francia como se tributaria

    • Buena pregunta.

      Hasta el año 2009 los tribunales españoles hacían tributar por esos premios. Sin embargo, un contribuyente español llevó el caso al Tribunal de Justicia de la UE y consiguió que se reconociera que esos premios también debían estar exentos, puesto que de otra manera «constituye una restricción discriminatoria a la libre prestación de servicios, en perjuicio de los organismos públicos y de las entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en Estados miembros distintos de España y que persigan objetivos idénticos a los que persiguen los organismos y entidades» (sentencia dictada el 6 de octubre de 2009, Comisión/España – asunto C-153/08).

      Desde entonces, los tribunales españoles también reconocen esa exención (sirva de ejemplo Sentencia T.S. Sala 3 de 28 de abril de 2011).

      Este extremo no ha sido tenido en cuenta en el nuevo impuesto. Se habla solo del 20% para premios obtenido en las loterías de España, pero no dice nada de los premios obtenido por otras loterías análogas de países de la UE, por tanto, podemos pensar que siguen estando exentos de tributación. Ésto provoca también un agravio comparativo, puesto que será más beneficioso jugar en esas loterías que en las españolas. Quizás se den cuenta y hagan que también tributen al 20% esos premios, pero la redacción del proyecto de ley no dice nada al respecto y, por tanto, se entenderán que siguen exentos por la jurisprudencia señalada.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

  2. Si te toca la loteria de francia o portugal como se tributa

    • La contestación dada al anterior mensaje sirve para todos los países de la Unión Europea. Quedarían fuera del ámbito de la exención los de otros países.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

  3. Hola.

    Entiendo que este impuesto se aplicará a los premios superiores a 2.500 € por décimo ¿no? Quiero decir que si tienes 10 décimos del mismo número y toca un premio de 300 € al décimo, en total 3.000 €, ese premio no tendrá la retención del 20% ¿no?

    Y otra cosa, si te toca un premio de más de 2.500 € por décimo, se te aplicará la retención del 20%, y luego ¿hay que incluirlo en la declaración de la renta?

    Muchas gracias.

  4. Respecto al premio por décimo, es correcto. Cada décimo se entiende como una «apuesta» y el límite de los 2.500€ es por «apuesta». Además, sería tan sencillo evitar la retención como decir que cada décimo es de una persona diferente.

    El premio no tendrá repercusión en la declaración de la renta, es decir, que al pagar ya el 20% por adelantado (se nos quita en el momento de cobrar el premio) la tributación ya está realizada. Que aparezca o no en la renta, es indiferente, puesto que no influirá en el resto de la declaración de una persona. Esto provocará que no tocará pagar más por el premio, pero también provocará que no podamos recuperar parte de esa retención.

    Un saludo y gracias por tu comentario.

  5. si se cobra un premio del sorteo de navidad de 2012 en enero de 2013 tributara el 20% gracias un saludo

    • No. El impuesto se aplica a partir del 1 de Enero de 2013, y el devengo del impuesto se realiza en el momento del premio, es decir, en el momento del sorteo.

      Por tanto, todos los premios de sorteos del año 2012 no devengan el impuesto del 20%, aunque su cobro se realice a partir del 1 de Enero de 2013.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

  6. Debian aclarar que es un premio y que no. Si un premio se refiere a un boleto o a un determinado numero de aciertos en un sorteo.
    Por ejemplo un boleto de quiniela de 8 apuestas con dos premios de 12 de 1500 euros cada uno, por separado no debian pagar la retencion, pero al ir a cobrar el boleto es de 3000 euros. El onlae no le deja claro, porque en el escrutinio de sorteos habla de premios individuales y a la hora de pagar habla de premios por boleto. Me imagino que la ley tampoco lo dejará claro y que al final te cobraran por cualquier boleto que supere los 2500 Euros.
    Habra que hechar las quinielas, etc, etc en boletos de dos en dos apuestas y gastar mas papel.

    Respecto a lo de que no hay que incluirlo en la declaracion de la renta creo que te equivocas, ya que para cualquiera que le toque un premio de mas de 2500 va a ser obligatoria la presentacion de la declaracion. Y por lo tanto vas a tener que incluir lo del premio Si o Si. Lo unico que se me ocurre para que sea obligatoria presentar la declaracion
    es que intenten quitarte dinero de la otra parte de la declaracion, pero todavia no he confirmado ese aspecto.

    Ejemplo una persona que gana 30.000 Euros brutos al año que le toquen 300.000 en una primitiva, ya inmediatamente solo le entregan 240.000 pero si esa persona tenia una retencion del 12% sobre su sueldo de 30.000 es muy probable que sobre esos 30.000 ahora se lo aumenten al 38%, o al 20%, o algo sino no entiendo el porque de la obligatoriedad de presentar la declaracion.

    A ver si me puedes aclarar esto. Muchas gracias.

    • Respecto a lo primero, el premio se refiere a cada apuesta, boleto, combinación, … En el ejemplo que pones de la quiniela, NO CORRESPONDE APLICAR RETENCIÓN, puesto que cada apuesta no supera el mínimo de 2.500€.

      Respecto a lo segundo, siento discrepar contigo. No hay que meterlo en la Declaración de la Renta. Recuerda que te van a quitar la retención del 20% antes de pagarte el premio, y que no es un concepto que se integre en la base imponible de la renta, ni en la general, ni en la del ahorro. Dicho de otra forma, es un «nuevo impuesto», no es parte de la declaración de la renta.

      Este nuevo impuesto no afectará al resto de mis ingresos tributarios del año, por tanto el ejemplo que pones de la persona que gana 30.000€ al año no es correcto. No le afectará su tipo impositivo por culpa del premio.

      Un saludo y muchas gracias por tu comentario.

  7. EL TEMA ESTÁ CLARO ( POR QUE MUY BURROS NO SON , MÁS BIEN CHORIZILLOS) Y DIGO QUE EL TEMA ESTÁ CLARO POR QUE DESPUÉS DE ESTE GRAVAMEN LOS SEÑORES PRIVATIZAN ( DIGO ESTERNALIZAN LOTERIAS DEL ESTADO) Y POR SUPUESTO SIGUEN COBRANDO UN IMPUESTO A LOS AFORTUNADOS GANADORES. MÁS DE LO MISMO ROBAR A LOS POBRES PARA DÁRSELO A LOS RICOS)

    • Pero el tema es que ya están cobrando antes de repartir premios … y no precisamente poco dinero. ¿Doble tributación?

      Sobre la privatización, seguro que llegará, pero recuerda que está paralizada porque su salida a bolsa iba a ser a un precio muy inferior al previsto por el Gobierno, así que el tema parece que se ha congelado un poco.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

  8. Si por ejemplo, ganas un premio grande, digamos un euromillones.

    Ya sabemos que a partir del año que viene el estado cobrara el 20% por concepto de impuestos.

    En esta linea, supongamos que deposito, 10.000.000 de euros en una plazo fijo, que me genera un interés mensual alto digamos X

    Ese X me convierte en una persona de alta renta, con lo cual tendría el correspondiente pago de impuesto?

    No es tributar 2 veces por lo mismo? donde, el tributo 1 es el 20% y el tributo 2 el % correspondiente a los intereses generados?

    Hasta donde entiendo, no se puede tributar 2 veces en España por lo mismo.

    Eso esta aclarado o hay un vacio legal?

    • Es cierto que en el derecho tributario español está la regla de que un mismo hecho imponible no puede ser gravado por dos impuestos. Sin embargo, en el caso que comentas no se produce doble tributación. Primero tributa el premio. Posteriormente tributan los intereses como capital mobiliario. Es cierto que esos intereses son gracias al premio que ya ha tributado, pero son hechos imponibles diferentes.

      Otro ejemplo parecido al tuyo es que el dinero que yo gano trabajando y que ya ha pagado impuestos como rendimientos de trabajo me generen intereses en un depósito bancario. Pues obviamente también tributan como capital mobiliario. No es un caso de doble tributación.

      La ley es clara en este caso.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

  9. Es aqui otro EJ:claro de ilegalidad,pagar dos veces el mismo tributo..en el plano personal me niego a comprar loteria apartir del dia 1º de enero.en portugal ya se quizo implantar esta medida hace algunos años atras y tuvieron que abolirla,se desplomó la recaudación pues las ventas cayeron en picado.

  10. Mi duda es que tenemos una peña en el trabajo de primitiva si nos tocan mas de 2500 euros, ya nos tocaron este año 38000 euros y nos los repartimos, pero ahora como se paga a hacienda si en conjunto es mayor de 2500, pero si el boleto es de 30 personas y a cada una le corresponden 2000 euros , ¿ no tendriamos que pagar nada de ese 20%?.y si tuvieramos que pagarlo tendriamos que ir los 30 a la administracion a cobrarlo para que figurasemos todos con su DNI.o uno se encargaria de cobrarlo y despues repartirlo a partes iguales.
    Es el mismo caso que si compras un decimo del niño y te tocan mas de 2500 euros ,para un grupo de amigos ,¿se pueden hacer participaciones de ese decimo para cada uno?y quien lo declara.
    Muchas gracias si me puedes ayudar con esas preguntas

    • Hola Fernando,

      La regulación es clara. En premios de «titularidad compartida» la exención de 2.500€ se prorratea entre todos, es decir, que no puedes alegar que te corresponde menos de 2.500€. Si el premio supera los 2.500€ tendréis que pagar el impuesto, sean los sean el número de partícipes del premio. Y sí, habrá que comunicar el nombre y DNI de cada persona, de hecho te lo aconsejo para no que no haya problemas en cuanto a ingresos sin justificar.

      En cuanto a los juegos con participaciones, suele haber un «depositario» que será el encargado de cobrar el premio y repartirlo entre los que han comprado esas participaciones. Por tanto, el impuesto se le cobrará a esa persona que, lógicamente, lo distribuirá proporcionalmente entre los premiados a la hora de pagar el premio.

      Te animo a leer la segunda parte a este artículo en el siguiente enlace: Nuevo impuesto de Loterías y Apuestas del Estado (II): el BOE.. Si tras su lectura sigues teniendo dudas, vuelves a publicar un comentario y trata de aclararlas.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

  11. Teniendo en cuenta que la euromillones es un sorteo a nivel europeo, que le impide a un ganador de España, cobrar el premio en otro estado que tribute menos? Entiendo que quieran fastidiar los sorteos propios, pero en este caso no es un sorteo Español, aunque el boleto se comprara en España, estando el la cee habria libertad para ir a otro estado de la union y cobrarlo. Seria como si dos empresas en paises diferentes me ofrecieran empleo y yo acepatara la que mas dinero me ofreciera dentro de la cee.

    • Pues no estoy de acuerdo contigo. Desconozco el funcionamiento de EUROMILLONES, pero aunque el sorteo es para todos los países, la gestión del mismo en España lo hace Loterías y Apuestas del Estado, por tanto, al sellar el boleto en España entiendo que te debes a la legislación de aquí, así que me parece que no te libras del impuesto. Es más, dudo mucho que pudieras cobrar fuera un boleto sellado en España. Insisto que creo que la gestión la realiza de forma interna cada país, así que tributaría con el nuevo gravamen.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

  12. He leído vuestros comentarios sobre el Euromillon y lo que no es claro es si ésta lotería en vez de ser comprada en españa la compro por ejemplo en Francia y la quiero cobrar y depositar en Francia qué repercusión tributaria tendría en este país.
    También sería interesante que se difundiese un listado sobre este impuesto Euromillon según país pues creo que los Españoles están muy dispuestos a jugar donde menos tributen aunque para esto si les toca signifique pedir la nacionalidad del país y dejar a esta corruptela de políticos con un palmo de narices.
    Creo que sería la mejor forma de protesta sobre este robo tributario que nos han impuesto.

    • Hola Zara, está más o menos contestado en el otro post sobre el Nuevo Impuesto, en uno de los comentarios.

      En primer lugar hay que ver si tributa el premio en el país de origen, pero si está exento, como tú eres español deberías tributar aquí como ganancia patrimonial, vamos que sería mucho peor que sellar el boleto en España (si el premio es gordo claro).

      Pero la UE no quiere que eso suceda, así que te podría dar la razón llevando el tema a los tribunales. Pero pasarían muchos años …

      Un saludo y gracias por tu comentario.

  13. Gracias por tu contestación.

    Yo por mi parte intentaré informarme en qué país se paga menos impuestos aunque no encuentro en internet información detallada sobre esto que sería muy interesante que alguien difundiese para que todo el mundo juegue fuera y obligue a estos impresentables a reponer ese abuso pues se llevan el 40% de lo recaudado y después al que le toca le quita el 20% total el 60%. Una estafa a toda regla y con el agravante que de por ley no se puede tributar 2 veces por lo mismo. La Unión Europea se debería pronunciar sobre esto pues están haciendo un negocio ilícito de algo que no les pertenece y que sea la Unión la que fije el porcentaje. Estoy seguro que con un premiazo bajo el brazo te dan la nacionalidad en 24 horas en cualquier parte.

    Saludos a todos.

  14. Si uno sella un boleto de Euromillon ON-LINE en otro pais como por Ejempolo U.K. o Luxemburgo y resulta premiado ¿ Tendria que pagar el 20% Hacienda?

    • NO. Al menos no paga en gravamen español del 20%. Pero habrá que ver la legislación de cada país para ver si se paga impuesto allí. Además, para la legislación tributaria española podría ser una ganancia patrimonial y, al final, pagar mucho más de ese 20%. Mucho cuidado con esas cosas. Habrá que ver el Convenio Bilateral de España con cada país para saber como tributaría aquí en España esa ganancia.

  15. Javier Alcázar Villodre

    Buenas tardes mi pregunta es si tu juegas apuestas deportivas en Reino Unido con la cuenta bancaria de Reino Unido no tienes que declarar nada a la Hacienda Española?ya que resido en este país

    • Hola Javier, siento el retraso en contestar, pero se me pasó tu pregunta …

      Si resides en España, tienes un problema en apostar en salas de fuera, en principio está prohibido hacerlo desde que entraron las .es.

      Si residen en Reino Unido eres ciudadano de allí a efectos fiscales, por tanto no debes preocuparte de los impuestos en España.

      Saludos.

  16. Hola, buenos días
    En el trabajo echamos la primitiva entre seis personas y nos ha tocado un cinco en la primitiva (algo más de 3000 euros, aunque nos pagan solamente alrededor de 2700),
    He ido a cobrarlo pero me han dicho que lo mejor es que vaya a un banco a cobrarlo e identifique a los seis que componemos «la peña».
    ¿Es necesario tanta «molestia»? ¿no han deducido ya el impuesto? ¿qué más da si lo cobra una sola persona y luego lo reparte? ¿o es que además de esa comisión que ya nos desquitan repercute en algo más y es mejor hacer el cobro identificando a todos los componentes de esa peña?
    Gracias

    • Siempre es bueno que se sepa quién se reparte el premio, aunque en este caso, debido a la cantidad de dinero de la que hablamos, creo que no sería necesario.

      Yo siempre aconsejo que se identifiquen todos, ¿por qué? Porque si no es así, cuando tú le entregas el dinero a los demás puede ser considerado una DONACIÓN con otra posible trascendencia fiscal.

      Pero insisto, en este caso la cantidad es muy pequeña y aunque fuera una donación estaría exente (límite de 3.000€) así que si te supone molestias no hagas caso y cóbralo tú y lo repartes sin problemas.

      Saludos.

      • Eso haré, muchísimas gracias por tu respuesta.

        Se me ocurre otra duda:
        Aunque reparta yo la parte de cada uno, al haber tenido que dar mis datos para el cobro de este premio, en el improbable caso de que durante este 2013 nos volviese a tocar una cantidad similar, ¿ya sería mejor que lo cobrase otra de las seis personas del trabajo? ¿o es indiferente al ser dos premios diferentes?
        …Es la primera vez que nos toca más de un cuatro en la primitiva y llevamos veinte años echándola, pero bueno, ¡nunca se sabe! 🙂
        Gracias de nuevo.

      • Es indiferente. Cada premio lleva su retención y no afecta a tu declaración de la renta, así que eso como tú veas. Si es mejor, ni es peor.

        Ahora, si el premio es superior si que mi recomendación es sí o sí que entregues el nombre y porcentaje de los participantes para evitar problemas.

        Gracias por tu comentario.

      • ¡Vaya! me has resuelto todas las dudas, mientras que ni en la administración de loterías, ni en el Banco Santander (ahí me hacen la gestión del cobro) sabían casi nada sobre el asunto.
        Muchísimas gracias por tus atentas respuestas.

  17. Por qué no ponen un impuesto especial a los grandes beneficios de la banca, a las grandes fortuna y por qué hay tantos chupones de asesores en la administración pública. Machotes decir algo.

  18. El Estado está formado por una serie de hijos de puta…. estoy arto de ver cosas así q siempre tenems q pagar los mismos, me parece un «ROBO» esto q nos está aciendo es un insulto ya pagams un inpuesto grandísimo en el boleto y encima tienes q pagar para pagar a los robos q an exo los putos perros q están en viviendo del estado, lo digo desde el punto de vista de un obrero q lleva 3 años sin trabajar y si me toca un premio lo lógico esq me kede yo con el premio porq a mi nadie me devuelve el 20% de mis perdidads. Tramito mi keja a todo el España q nos unamos pa q este inpuesto se kite q si nos unimos esto seguro q desapareca.Si nos unimos hacems más fuerza denunciar q lo q nos eatan aciendo es una vergüenza pasarlo a otras personas q se enteren

    • Rafael Herrera

      No querían pp ???? Toma nos roban por todos lados ,igual que el príncipe Juan y sus secuaces ,asaltando granjas y buitreando todo aquello que se mueva ,para engrosar sus patrimonios ,desastre de país cada vez pagamos más por menos ,es imposible vivir bien o aspirar a algo …

  19. No me queda claro sobre un tema, ya que ponéis la normativa y luego decís otra cosa. Me refiero a que te toque un boleto de Euromillon comprado en Francia.
    Normativa: «En este apartado también están los premios de la ONCE, Cruz Roja Española y cualquier otro juego promovido por administraciones públicas, como pueden ser las Comunidades Autónomas o por la Unión Europea (sorteo de Euromillones).»
    Pero habéis contestado a una persona que si te toca en Francia el euromillon te podrían reclamar como aumento de patrimonio.

    Yo entiendo que si te toca en Francia, España te reclame el 20% OJO! si en Francia no lo han cobrado porque si no, sería doble imposición, pero no te lo pueden reclamar como aumento de patrimonio ya que es un juego europeo en el que españa participa y aquí está exento del impuesto como aumento patrimonial.

    • No es lo mismo comprar el boleto en Francia que en España, esa es la diferencia. Si lo compras en Francia, a efectos españoles no es un «premio español» aunque sea en un juego que también se puede comprar en España. Por tanto, España no te quitaría el 20% pero sí sería un aumento de patrimonio.

      Aquí lo importante es la gestión de ese boleto. Si se compra en España lo gestiona España y se compra en Francia lo gestiona Francia, esa es la diferencia a la hora de tributar.

      Gracias por el comentario.

  20. Parece mentira, de que en el Siglo XXI en este nuestro amado y Querido país, Spain.-(España) se estén haciendo las cosas como se están haciendo, «(.-De Vergüenza Total-.)»
    ¿Que Co** se Cree el Actual Presidente del P* para hacer las cosas que esta haciendo al Pueblo de Espa**?… ¿Sois Realmente Seres Humanos ó quizás sois de una Raza Superior ajena a los Sufrimientos Humanoides? ¡¡Os Ponéis los Sueldos que os dan la Gana!! ¡¡Trabajáis un Tiempo Prudencial para aparentar que habéis currado toda una vida y tan solo lo habéis hecho durante unos añitos de nada!! ¡¡Sois Todos unos Chorizos de Cantimpalos de Ñoñas!! ¿No os da Vergüenza seguir viviendo del Cuento en este Pais de Currantes de toda la Vida? ¡¡Váyanse a otras Galaxias a Varios Cientos de miles de años Luz de la Bola Terráquea!!

  21. los jubilados que sean agraciados, ¿ tributan igual ?

  22. Hola vengo de hacienda informacion y me dicen que mi premio del 2014 comprado en la pagina web de loterias y apuestas del estado y retenido o descontado el 20% irpf de mi premio global solo me ingresaron el liquido del premio entero. Hacienda me dice que no hace falta declararlo en mi renta…osea si no incluyo ese irpf del 20% tampoco desgrava.. dudas? Hacienda cobro y no puedo recuperar nada de ese irpf descontado del premio???

    • En nuestro segundo artículo sobre el impuesto queda todo claro.

      No se trata de una retención de IRPF al uso como la del trabajo, profesionales, … se trata de un impuesto a pagar. Por tanto, no admite ningún tipo de devolución en nuestra declaración de la renta. Nos se tiene que imputar, por tanto, no afecta a nuestra declaración ni para bien ni para mal.

      Es como si fuera un impuesto diferente, así que nunca recuperaremos parte de ese 20%, ni tampoco tendremos que pagar más en caso de tener una renta alta.

      Saludos.

      • Ok gracias lo tengo claro.. pero ya sabes los pobres siempre miramos por donde rascar. Un saludo y gracias por los comentarios

  23. hola, hace dos semanas, de viaje por Francia, eché una quiniela francesa «lotofoot_15» y me tocaron 800 euros de premio, como soy Español me hicieron un cheque nominativo que esta mañana ingresé en una cuenta abierta en un Banco de aquí. tengo que hacer una declaración complementaria trimestral(modelo 136, 230, 270) al ser inferior a 2500 eu? o no tengo que hacer nada y que me retengan como ganancia patrimonial en la declaración del año que viene? en este último caso, que % se aplicaría? gracias

    • No tienes que hacer nada hasta tu próxima declaración de la renta. Dices «que me retengan como ganancia patrimonial», pero Hacienda no te va a retener nada y menos de oficio, eres tú quien debes meter esa cantidad como ganancia patrimonial.

      Saludos y gracias por el comentario.

  24. El organizador de un evento puede ser beneficiario del premio

  25. Dejaros de chorradas y pasen por gibraltar, en todos los foros de casas de apuestas en españa la gente apuesta allí y no pagan impuestos.
    Luego está la ley de que puedes meter unos 10.000 euros por que esto es así y no pasa nada, ahora si es superior la guardia civil te retiene para que pases por caja.(porque ha salido en tv)

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