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Fiscalidad del juego (3/3): Otras cuestiones
Tercer y último artículo sobre la Fiscalidad del Juego es España.
Tras una primera entrega donde vimos la actual regulación del juego (ver enlace) y una segunda donde hicimos un juego de preguntas y respuestas (ver enlace), ahora en la tercera cerramos el tema con una serie de cuestiones finales.
Alternativas al actual sistema de tributación, cómo se tributa en el juego en los países cercanos, posibilidad de crear una actividad económica y una visión personal sobre el jugador de juegos de azar, son los temas que vamos a tratar a continuación.
Vamos a ello.
Fiscalidad del juego (2/3): Preguntas y respuestas
Segundo de los artículos dedicados a la fiscalidad del juego.
En el primero (ver desde este enlace) analizamos la normativa actual en el IRPF para tributar por las ganancias (o pérdidas) del juego y el porqué del debate que se ha creado en torno a los últimos cambios en la ley.
En este segundo artículo vamos a plantearnos una serie de preguntas que se puede hacer el jugador de juegos de azar a la hora de realizar su declaración de la renta. Estamos abiertos a más preguntas si algo no ha quedado respondido.
Dejaremos para un tercer artículo las opiniones personales acerca de la tributación del juego en España, la posible figura del profesional del juego y como se tributa en otros países cercanos.
Vamos con las preguntas y respuestas.
Fiscalidad del juego (1/3): Normativa actual
Llevaba tiempo pensando en escribir algo sobre la fiscalidad del juego en España. Pero la falta de tiempo y el querer abarcar demasiadas cuestiones sobre el tema, me ha hecho ir aparcando este artículo.
Pero ante la falta de rigor informativo en los últimos días al tratar el tema, me ha hecho decidirme a escribir.
Para que el tema no resulte demasiado pesado, voy a dividir el tema en tres artículos diferentes que se irán publicando en los próximos días:
— Normativa actual —
— Preguntas y respuestas —
— Otras cuestiones —
Vamos con la primera parte
Nuevo impuesto para premios de Loterías y Apuestas del Estado (II): el BOE
Hace meses que el Gobierno anunció que en el 2013 llegaría un nuevo impuesto que gravaría los premios en Loterías y Apuestas del Estado superiores a 2.500€. A finales de Septiembre publicamos una entrada dedicada a dar nuestra opinión a cerca de este nuevo impuesto (Nuevo impuesto para premios de Loterías y Apuestas del Estado).
Sin embargo, a falta de la regulación, eran muchas las dudas que surgían sobre la aplicación del impuesto. Todas estas preguntas tienen ya respuesta con la publicación de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica. Dentro de esta «interesante» ley (de la cual hablaremos en días posteriores), nos encontramos el Capítulo I dedicado al Impuesto de la Renta de las Personas físicas y dentro del mismo el Artículo 2.- Modificación del régimen fiscal aplicable a las ganancias en el juego. dedicado al nuevo «gravamen especial».
¿Cómo se ha regulado el nuevo impuesto?
Esperamos con la explicación y ejemplos de su contenido dar respuesta a todas las preguntas que se puedan plantear.
Nuevo impuesto para premios de Loterías y Apuestas del Estado
Una de las novedades anunciadas para los Presupuestos Generales del Estado del 2013 es un nuevo impuesto que gravará los premios de Loterías y Apuestas del Estado con un 20%.
La intención de este artículo no es entrar a valorar el fondo de la norma (conseguir mayores ingresos en las arcas del Estado), sino comentar la forma de la misma que, una vez más, no nos parece la más idónea.
¿Cuál es la normativa actual para estos premios?
¿Qué premios serán gravados por la medida?
¿Qué porcentaje «real» grava los premios?